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Es ésta la primera vez que vengo a un tribunal,
teniendo ya setenta años. Inexperto,
por tanto, y extraño soy al lenguaje de aquí.
Sócrates (ante el tribunal, según Platón
en su Apología)
Que de un grupo numeroso de personas muchos se decidan a estudiar
una misma carrera y después la abandonen o no la ejerzan
puede ser, hasta cierto punto, una cuestión trivial.
Sin embargo, puede resultar interesante si ese grupo numeroso
de personas pertenece a lo que vamos a llamar el “gremio
de los literatos” y la carrera que estudiaron y no ejercieron,
o que comenzaron a estudiar y abandonaron, fue la carrera
de Derecho. Creo, concretamente, que podrían ser estudiadas
con provecho (o aventurarse en averiguar) las razones de porqué
“emigraron” profesionalmente, sobre todo teniendo
en cuenta que el gremio de los literatos no cuenta, entre
otras cosas, con el status de seguridad económica que
permite a los miembros del que llamaremos “gremio de
los abogados” realizar cómodamente su trabajo.
Utilizo la expresión “gremio de
los abogados” para referirme no sólo a los que
ejercen su profesión en un Bufete, sino en general
a todo los juristas. El lector podrá distinguir sin
fatiga cuando me refiero a ejercicios específicos de
la profesión (Jueces, fiscales, etc.),. Me adelanto
en formular una hipótesis: las características
que podríamos considerar definen el ejercicio de la
profesión limitan o impiden la creación literaria
y, en general, cualquier tipo de creación que pueda
ir más allá de la aplicación del Derecho
cuya obediencia no se cuestiona. Incluso el tipo de creación
que les sería más natural, la creación
de Derecho en el ámbito de su aplicación cuando
no existe una norma jurídica preexistente, es un tópico
sometido a debate. Hablar sobre el Derecho más allá
de las normas que lo conforman no les es dado a los que desarrollan
su actividad en el ámbito de su aplicación por
una sencilla razón: su aplicación exige su aceptación.
La disyuntiva me parece clara: o sales del gremio para darle
riendas sueltas a la creación o te quedas y verás
frustrado tu espíritu creador. No creo que existan
muchos ejemplos de alguien que pueda haber hecho ambas cosas
a la vez. De todas formas quede claro que este escrito se
refiere a la manera y las características que necesariamente
implica el ejercicio de la profesión y en ningún
sentido a las personas que ejercen la misma. No hablo de quienes
ejercen bajo esas condiciones impuestas por la ley, sino del
ejercicio mismo de la profesión, condicionado por las
leyes, del cómo.
Y todo esto lo he traído a colación
por un hecho curioso: resulta que revisando el importante
Diccionario de la Literatura Cubana publicado por la editorial
Letras Cubanas en 1985 me encontré con que de los 613
literatos que han tenido el honor de haber sido incluidos
en aquella obra 182 habían tenido contacto de alguna
manera con el Derecho. Recordaré sólo algunos
nombres imprescindibles que pertenecen al gremio de los literatos
propiamente, y otros que pertenecen al panteón de nuestra
historia: Regino E. Boti, José M. Carballido Rey, José
María Chacón y Calvo, Eliseo Diego, Rine Leal,
José Lezama Lima, Jorge Mañach, Enrique Núñez
Rodríguez, Cintio Vitier, Nicolás Guillén,
Francisco de Arango y Parreño, José María
Heredia, José Martí, Manuel Moreno Fraginals,
Carlos Rafael Rodríguez, entre otros.
Quizás Nicolás Guillén
nos de la clave ( o una de ellas) para entender algunas de
las razones que condujeron este abandono de la profesión.
Y es que precisamente él, que estudió Derecho
durante tres semanas, escribió un poema- “Al
margen de mis libros de estudio”- que resulta revelador
del status del abogado visto desde la literatura. Transcribiré,
pues, el texto íntegro de dicho poema.
I
Yo, que pensaba en una blanca senda florida,
Donde esconder mi vida bajo el azul de un sueño,
Hoy pese a la inocencia de aquel dorado empeño,
Muero estudiando leyes para vivir la vida.
Y en vez de una alegría musical de cantares,
O de la blanca senda constelada de flores,
Aumentan mis nostalgias solemnes profesores
Y aulas llenas de alumnos alegres y vulgares.
Pero asisto a la clase puntualmente. Me hundo
En la enfática crítica y el debate profundo.
Savigny, Puchta, Ihering, Teófilo, Papiniano…
Así llenan y llenan esta vida que hoy vivo
La ciencia complica del administrativo
y el libro interminable del Derecho Romano.
II
Luego, en el mes de junio, la angustia del examen.
Pomposos catedráticos en severos estrados,
y el anónimo grupo de alumnos asustados
ante la incertidumbre tremenda de dictamen
que juzgará el prestigio de su sabiduría...
aplaudir aquel triunfo que el talento pregona,
y mirar cómo a veces el dictamen corona
con un sobresaliente una testa vacía.
Deshojar cuatro años esta existencia vana,
En que París es sueño y es realidad la Habana;
Gemir, atado al poste de la vulgaridad,
Y a pesar del ensueño de luz en que me agito,
Constreñir el espíritu de sediento de infinito
A las angostas aulas de la Universidad.
III
¿Y después? Junto a un título
flamante de abogado,
irá el pobre poeta con su melancolía
a hundirse en la ignorancia de alguna notaría,
o sepultar sus ansias en la paz de un juzgado.
Lejos del luminoso consuelo de la rosa,
de la estrella, del ave, de la linfa, del trino,
toda la poesía de mi anhelo divino
será un desesperante montón de baja
prosa.
Y pensar que si entonces la idealidad de un ala
Musical, en la noche pecho resbala
O me cita la urgente musa del madrigal,
Tendré que ahogar, señores, mi lírica
demencia
En los considerando de una vulgar sentencia,
O en un estrecho artículo del Código Penal...
...el prestigio de su sabiduría...
Recuerdo que cuando cursaba los estudios primarios
en mi barrio natal, la maestra solía decirle a Jorgito,
uno de mis condiscípulos, que él iba a ser “abogado”.
Yo, a mi edad, no entendía lo que quería ella
decir con aquella sentencia (y supongo que mi compañero
tampoco). Jorgito no estudió Derecho; la profecía
falló. Pero yo, después de estudiar “para
abogado” logro entender de alguna manera la sentencia
de mi maestra. Y es que Jorgito se pasaba la mayor parte del
tiempo en la clase hablando mientras la maestra trataba de
hacernos entender a los demás las nociones más
elementales de la aritmética.
Esta anécdota no es exclusiva de determinados
círculos “académicos”, sino que
en lo que pudiéramos llamar “el habla popular
cubana” calificar a alguien de “abogado”
o “aboga´o” es como decirle que es un hablador,
picapleitos, embaucador, leguleyo, abogado de manigua, abogado
de secano... En otros círculos, donde quizás
los abogados gocen de cierto favor y consideración,
sobre todo en el campo, se les llama “Dotol”,
“Doctol” o, sencillamente Doctor.
Pero la imagen de los abogados como sabios tiene
una historia bastante extendida. En tiempos de Roma ya se
decía de ellos cosas como estas: “vir binus dicendi”,
(hombre bueno maestro en el decir (CATÓN), aunque otros
contribuyeron también desde Roma a ponerles “la
cosa mala”. SÉNECA, el estoico, decía
de ellos que “con clamores desentonados venden las palabras
en lugar de defender la justicia”, y CICERÓN,
el maestro de la elocuencia los fustigaba, probablemente defendiendo
su arte, con estas palabras: “vocingleros rábulas,
que creen que la elocuencia consiste en machacar a fuerza
de gritos”. Finalmente, FERNANDO VII se lamentaba de
que “la multitud de abogados era uno de los mayores
males” de todo el reino.
Claro que también hubo algunos defensores
que no estaban de acuerdo con tan ofensivas palabras. He aquí
un ejemplo: “suele sostenerse que la condición
predominante de la abogacía es el ingenio. El muchacho
listo es la más común simiente de abogado, porque
se presume que su misión es defender con igual desenfado
el pro y el contra y, a fuerza de agilidad mental, hacer ver
lo blanco negro. Si la abogacía fuera eso, no habría
menester que pudiera igualarla en vileza: incendiar, falsificar,
robar y asesinar serían pecadillos venales si se les
compara con aquel encanallamiento; la prostitución
pública resultaría sublimada en el parangón,
pues al cabo, la mujer que vende su cuerpo puede ampararse
en la protesta de su alma, mientras que el abogado vendería
su alma para nutrir el cuerpo”. Excelente alegato de
ANGEL OSORIO. Cualquiera se queda sin aliento.
La primera imagen del abogado está algo
desacreditada. Precisamente después de 1959, en Cuba,
el poder revolucionario realizó una encomiable labor
para mejorar la maltrecha imagen de un abogado corrupto, engañador,
embaucador.... cambiándola por la de un profesional
comprometido con los nuevos tiempos, dotado de un prestigio
ganado por su modo de conducirse, por una nueva concepción
ética, por la manera en que ejerce su función
y por los intereses que defiende, todo ello reforzado por
la pertenencia a un “Bufete Colectivo” que es
quien contrata con el cliente y le paga al abogado. Se acabaron
los “honorarios”.
El abogado, en fin y, al fin, tendría
que respetar ciertas reglas morales. Sin embargo, como testimonio
de una época caracterizado por una amplia participación
de los abogados en la esfera de “lo público”,
de tener clientes fijos, de discutir de todo y querer ganar
en todo, aunque fuera haciendo blanco lo negro y negro lo
blanco a fuerza de palabras, en el lenguaje “callejero”
se continúan utilizando las expresiones “va a
ser abogado”, para referirse a ciertos pequeños
picapleitos o “es un abogado”, para aludir a ciertos
personajes singularmente simuladores, habladores, defensores
de todo con cualquier razón (o sin ninguna).
Pero también subsisten testimonios de
una época de respeto y “esplendor” en la
que los abogados eran señores de traje y corbata, gente
poderosa, pegados al poder, siempre en defensa de “lo
justo” para los cuales se guardan aún las expresiones
“Dotol” o “Doctol”. Todavía
me sorprendo cuando alguien, probablemente trasnochado, de
una edad avanzada, se aparece por los predios donde moran
los abogados buscando al “Doctor” Juan Pérez.
Y, por supuesto, el solicitado se siente como inflado...¡¡¡ser
llamado “Doctor” a estas alturas, con tanto que
hay que estudiar para eso!!!. Claro que el “cliente”
no sabe que ahora eso es un grado científico que no
recibe cualquiera, pero de todas formas él se siente
a gusto en su mundo, y tener contacto con un personaje de
esta guisa es siempre interesante.
También hubo un tiempo en que esa imagen
se pretendió eliminar de raíz. Se consideraba
que esos picapleitos no harían falta en una sociedad
nueva donde, eliminadas las causas de los males sociales,
de la miseria, el desempleo, la prostitución, el delito...
éstos desaparecerían progresivamente. ¿Serían
ellos también uno de esos males? Este fue el tiempo,
que casi nadie recuerda (o quiere recordar), en que el gremio
vio reducida su membresía a causa de que se cerraron
en algunos casos las escuelas de donde salían, y en
otras se redujo su ingreso por considerarlos una especie “en
extinción”. Pero aún en estas condiciones
ellos siguieron realizando su labor, defendiendo los intereses
de los ciudadanos, sometidos, eso sí, a nuevas reglas
de comportamiento en correspondencia con los nuevos tiempos
y prácticamente en el anonimato. Los hubo, en este
trance, de todos los colores. Los que se fueron, los que se
quedaron, los que se plegaron...
Algún tiempo después terminó
el sueño, se acabó la borrachera. Se abrieron
nuevamente las escuelas de abogados, se matricularon “a
montón”, salían de dondequiera. En poco
tiempo el gremio se vio rejuvenecido. Aunque, todo sea dicho,
la cantidad, como siempre se vio reñida con la calidad.
Después de todo, casi todos los que estaban “detrás
de eso” eran abogados. Mi abuela decía en estos
casos sublimes: “no hay peor cuña que la del
mismo palo”.
Sea como fuere, los abogados cuentan todavía
como una de las notas que definen a su gremio la de ser sabios.
La santidad de la sabiduría no los ha abandonado. Cambiaron
el traje por la guayabera, luego por las “yumurí”,
se fueron a la zafra y últimamente se les ve metidos
en camisas a cuadros. Pero su sabiduría sigue intacta.
Cambia la ropa, no el personaje. Si usted va a una de sus
reuniones puede conocer la fecha aproximada en que ingresó
al gremio por sus atavíos. Los de traje ya no abundan
(a no ser los que ejercen en esas oficinas de cristales oscuros
y aires condicionados que vienen apareciendo sutil pero progresivamente),
pero estos no se codean generalmente con el resto. El traje
es un remedo de los abogados ¿burgueses? Después
vienen los de guayabera, de la década de los 70’,
los de las “yumurí”, de los 80’,
y finalmente los de camisas a cuadros, estos son los que más
abundan hoy día.
...desesperante montón de baja prosa...
Cuando, como estudiante, realizaba las prácticas
correspondientes al tercer año de la carrera fui testigo
de un hecho que aún no he podido olvidar. Una señora
ya entrada en años fue a consultar un abogado del bufete,
donde me encontraba a la sazón, para aclarar algunas
dudas en relación con su vivienda. Después de
pasada aproximadamente media hora la señora salió
de la oficina de mi tutor más desaliñada y cabizbaja
que como había entrado. Se acercó a mí
y, con tono maternal, me relató los hechos que la habían
llevado a aquel lugar a ver a aquella persona y me pidió
que la orientara. Para ahorrarle al lector, sobre todo si
no es abogado, la angustia de leer un relato de esta naturaleza
solo diré que la desazón de la señora
se debía a que el abogado se lo había explicado
todo...¡¡ pero no había entendido nada!!...
Como las palabras se las lleva el viento, es
imprescindible, si se quiere entender el lenguaje propio de
este gremio, acudir a su obra literaria, a sus escritos. Hay
una opinión bastante generalizada según la cual
el lenguaje del Derecho y, en consecuencia, el de los juristas,
es un lenguaje natural. Si se entiende natural en el sentido
de “no formalizado” podemos estar de acuerdo.
Pero el carácter natural del lenguaje podría
significar también que las palabras que se usan en
el Derecho y las que usan los juristas pueden ser entendidas
por cualquier persona. Sin embargo, la anécdota de
la señora que hemos trascripto puede hacernos dudar
de esta opinión.
MARIO KUCHILÁN, quien sí escribió
en lenguaje natural su Fabulario, dice que hay dos tipos de
idiomas: el convencional, el decente, eufemístico para
decir las cosas sin nombrarlas, y el popular, el de la chusma,
el sermo vulgaris siempre denostado, directo, para llamar
las cosas con su nombre. El primero de usar por siglos las
mismas palabras acaba por gastarlas convirtiéndolo
en palabrerías, calderillo del lenguaje. Le quita a
los vocablos su estado excitante de pureza para convertirlo
en rancia literatura, en la vana pretensión de estereotipar
un modo de vivir; mientras el pueblo troquela sin cesar las
palabras hijas de sus necesidades infinitas, materiales y
espirituales, con nuevos vocablos, como nuevas monedas, que
hacen circular relucientes las nuevas situaciones de la vida
siempre en proceso. Se entiende, entonces, que si se no se
comparte el mismo idioma no puede uno comunicarse o, al menos
entenderse. Quizás esto haya sucedido con la señora
de marras y el abogado. Aquella con su idioma popular, éste
con su idioma convencional, técnico.
Felizmente, para mí, desde luego, transcurrido
algún tiempo volví a encontrarme con la señora.
Esta vez más calmada y curada ya del infeliz contacto
con el gremio. Me enseñó, con una alegría
imposible de disimular, el escrito que ponía solución
definitiva a su problema de la vivienda. ¿A qué
tanto enredo -me dijo- para decir que la casa en la que he
vivido durante 40 años con mi madre al morir ella es
mía? Esta anécdota, que se da en algunas ocasiones
en las instituciones en las que los abogados ejercen sus funciones,
debiera servir para llamar la atención sobre algunos
elementos que pudieran dificultar su trabajo y su imagen profesional.
Su trabajo consiste esencialmente en comunicarse diariamente
con personas que no siempre pueden entender los términos,
expresiones y conceptos de que se valen los abogados en su
práctica diaria. El carácter convencional de
su lenguaje no significa necesariamente que sea inteligible
para todos; significa que dentro del gremio existen ciertas
reglas para el uso de determinadas expresiones que dotan de
sentido a las palabras que usan para comunicarse.
Es lo que podríamos llamar un lenguaje
especial del tipo que emplean otros profesionales o gremios
(médicos, labradores, artesanos y otros) cuando hablan
de su profesión, o grupos sociales (jóvenes,
marginados) que se sirven de un lenguaje informal, bien como
afirmación generacional o para no ser entendidos por
personas ajenas a ellos; en general, este modo de expresión
se denomina argot. Un argot compuesto por toda una terminología
especializada que utilizan los miembros de una determinada
profesión, sin connotaciones peyorativas, es lo que
constituye una jerga. La emplean los abogados, médicos,
los pescadores y los críticos, por citar algunas profesiones.
También se considera jerga o germanía al lenguaje
del mundo del hampa. Queda claro que la existencia de lenguajes
especializados no es exclusiva del gremio de los abogados.
Pida sino una entrevista con un médico...
Existe entre los juristas – escribe Gustav
RADBRUCH, un notable filósofo del Derecho de la primera
mitad del siglo XX- una distinción según la
cual es posible habla de un “lenguaje de la ley”
y un “lenguaje de los juristas”. Ambos son objeto
de frecuentes críticas: mientras que al lenguaje de
la ley se le reprocha la aridez y la pobreza, al lenguaje
forense se le acusa, por el contrario, de pomposo y de falso.
En realidad, el lenguaje de la ley se distingue más
bien por aquello de que huye que por lo que contiene. Las
características de este lenguaje serían concretamente
las siguientes: i) - el lenguaje de la ley huye, ante todo,
del estilo suasorio. Las leyes no pueden hablar a los sentimientos;
tienen que expresarse con la frialdad de las fórmulas
matemáticas; ii) - . el lenguaje de la ley huye, asimismo,
del estilo de la convicción: el lenguaje de la ley
moderna ha adoptado la brusquedad de las órdenes militares,
cuya función es ordenar y no razonar; iii)- el lenguaje
de la ley huye, finalmente, del estilo didáctico: una
larga experiencia ha enseñado al legislador que su
misión es hacer cumplir el Derecho y no entrar en disquisiciones
académicas acerca de lo que es el Derecho.
En cambio, los grandes discursos forenses presentan
los rasgos esenciales de la lucha por el Derecho. Son una
mezcla peculiar de calor y frialdad, una frialdad que piensa
en conceptos generales y un calor que infunde a estos conceptos
una pasión que, generalmente, sólo se siente
animada de individualidad palpitante y viva. Hubo tiempos
en que los abogados podían emplear todo el tiempo que
les pareciera conveniente para defender sus posición,
llegando incluso a alguna que otra exageración; de
hecho, de ahí les viene su fama de sabios. Aunque en
esto hay que andar con mucha cautela: no siempre la extensión
del discurso es una muestra de sabiduría, cuando eso
sucede se les llama a esos abogados “cantinfleros”,
(que hablan mucho y no dicen nada). Hay que hacer notar que
en la actualidad la elocuencia, en los pocos que aún
la cultivan como atributo del gremio y como modo de ejercer
sus oficios ente el tribunal, ha perdido gran parte de su
antigua estimación. De ello tuve yo alguna experiencia
personal: cuando realizaba las prácticas de derecho
penal en el tribunal de mi municipio había cierto abogado
que causaba una impresión singularmente ilustrativa
de lo que digo: “viene el Dr. PACHECO”, decían,
y todos se lamentaban de la presencia del ilustre letrado.
La causa de ello es muy sencilla: “el Dr. PACHECO habla
demasiado ante el tribunal”.
...un título flamante de abogado...
Una vez recibido su título, ya el abogado
está listo para entrar en acción. Siguiendo
sus instintos, lo primero que quiere hacer es mostrar sus
cualidades. Y eso se puede lograr más directamente
participando en un juicio oral. (¿Pregúntese
si no a los aspirantes a ingresar a este gremio qué
es lo primero que quieren hacer?) La actuación en público
es la primera aspiración de los aprendices. Como toda
actuación pública lo primero que se desea es
hacerlo bien, impresionar al público, y esa impresión
será tanto más efectiva cuento mayor empeño
se haya puesto en su preparación. Esta es la segunda
aspiración de los aprendices: impresionar y conquistar
al (su) público.
Por supuesto, lo que sucede antes de la “puesta
en escena” está vedado al público, y cuando
se habla de esos preparativos, sus anécdotas, sus inconvenientes,
sus contrariedades, lo que se pretende es crear una cierta
identificación del público con la obra. Véase
cuan sugerentes son, en las tardes dominicales, ver el making
off de algún film. Empero, si bien la actuación
de los abogados en público tiene algo de común
con otros tipos de actuación, la obstinación
en seguir siempre el mismo guión parece que les es
exclusiva. Esto explica el hecho de que una vez iniciados
se apaguen aquellas ilusiones iniciales, la actuación
se convierte en rutinaria, cotidiana, en fin... fingida y
ya sin necesidad de preparación previa. Siempre habrá,
por supuesto, algún rasgo de novedad, pero no será
introducida por los abogados. Esa novedad depende de la versatilidad
de ciertas personas para hacer las cosas de otro modo. ¡¡La
novedad depende del que se consulta con el abogado!!
El gremio sigue siempre el mismo guión,
raras veces es modificado. Pero ellos no participan en su
elaboración ni en los retoques posteriores. KIRCHMAN
fustigaba diciendo... “los juristas no pueden poner
los simientos y levantar enérgicamente el edificio
nuevo, pero una vez terminada la obra, cuando las columnas
ya la sostienen, entonces acuden como cuervos, a millones,
se meten en todos los rincones y miden los límites
por pulgadas y líneas, y pintan y adornan el edificio
hasta el punto que ni el príncipe ni el pueblo reconocen
ya su propia obra”. Están obligados a seguir
siempre la misma actuación. Su guión está
codificado.
Existe para ello una autoridad que es quien
decide cuál será el guión y cómo
debe desarrollarse la actuación. Su guión recibe
varios nombres, ahí va una muestra: ley procesal (la
más común), ley de trámites penales civiles,
etc. ley rituaria, entre otras. Sería, de todas formas,
interesante ver las líneas generales del guión
de los abogados para ver cómo es que su actuación
degenera poco a poco hasta llegar a carecer de novedad para
ellos mismos; para el público no porque éste
cambia constantemente. Nadie gusta de ver más de una
vez la misma obra. Vamos a tratar se seguir cómo exige
el guión a los abogados que deben actuar y luego veremos
que sucede cuando actúan de otra manera.
Como las actuaciones más sensacionales
son las que tiene que ver con algún hecho públicamente
notorio nos vamos a limitar a comentar la ley procesal penal.
En esta los abogados tienen que compartir la preparación
de su actuación con un personaje que no es particularmente
atractivo: el instructor policial. Este co-actor es el encargado
de fijar los hechos que van a ser representados en la escena.
A él corresponde, después de ocurrido el hecho,
personarse lo más rápido posible en el lugar,
recoger huellas, indicios, husmear, preguntar, inquirir...
para crearse (y crear) alguna opinión sobre lo ocurrido.
Luego se encarga de buscar a la(s) persona(s) que llenará(n)
de contenido el guión: el autor de los hechos, los
testigos, los peritos... expertos de toda laya que puedan
ayudarle en su ¿ignorancia? acerca de los hechos, a
fijar el modo en que realmente ocurrieron. Cuando todo esto
se ha hecho se procede a “instruir de cargos”
al autor del hecho.
Y he aquí precisamente el momento en
que el abogado entra en la escena. Cuando se presume que el
detenido es el autor de los hechos y éstos ya se han
aclarado de alguna manera, se le impone una medida cautelar
y a partir de ahí puede nombrar un abogado y éste
comienza a actuar. Después de un tiempo de argumentos
y contra argumentos cruzados entre dos de los actores, se
fija definitivamente el día de la representación
pública, en la cual el público va a ver a los
actores y los jueces el contenido de la representación
para tomar una decisión al respecto.
Como al juez lo que le interesa es averiguar
lo que realmente sucedió se auxilia en este acto de
otros personajes. El primero de ellos es el autor del hecho.
A éste se le da una disyuntiva: puede declarar o no.
Generalmente él declara, y en esa declaración
todos los presentes se concentran, particularmente los que
les corresponderá en su momento pronunciarse sobre
los hechos declarados por aquél. Después se
procede a la práctica de otras pruebas contempladas
en el guión. Se analizan determinados documentos probatorios,
se interroga a los testigos que presenta cada una de las partes
en defensa de su versión de los hechos, se llama a
declarar a los peritos, quienes con sus conocimientos en determinada
materia concurren ante el tribunal para ilustrar al auditorio
y particularmente a los actores principales.
Hecho todo esto viene el momento más
impresionante para los miembros del gremio. Después
de la palabras “fiscal para su informe” que salen
casi automáticamente de la boca del juez aquél
se pone de pie y comienza a hacer las alegaciones que considera
pertinentes, expone la manera en que, según él,
ocurrieron los hechos, explica de las pruebas practicadas
en las que funda sus conclusiones y, finalmente, solicita
el desenlace que le parece más a propósito para
la obra. Terminado el informe del fiscal se escucha nuevamente
la voz grave y autoritaria el juez: “abogado para su
informe”. Y el abogado, puesto de pie generalmente,
hace lo suyo por convencer a los jueces que los hechos ocurrieron
no como dice el fiscal, sino como él los está
describiendo, añadiendo además las condiciones
personales de su representado para, finalmente, proponer él
también un desenlace a la obra. Ambos se cuidan de
extraer de las actuaciones de los convocados a participar
en la representación los elementos que le permitan
sugerir al tribunal el desenlace que consideran apropiado.
...en los considerando de una vulgar sentencia...
El desenlace de la obra no está predeterminado
como en el caso de una obra teatral. Después que se
ha seguido la representación en público se escucha
nuevamente la voz del juez, esta vez una mezcla de autoridad
y desenfado: “el juicio se declara concluso para sentencia”
dice, y automáticamente se retiran los jueces que le
han acompañado presenciar el desarrollo de la obra,
el público y el resto e los participantes. (Algunos
espectadores se quedan en espera de la próxima representación).
Unos días después se notifica
a cada uno de los actores la decisión del tribunal
contenida en la sentencia. Para los miembros del gremio la
sentencia es el acto procesal de mayor relevancia jurídica.
Constituye un acto de ordenación y, a la vez, por la
decisión que implica, un acto de conclusión.
Según algunos, el resultado de un silogismo donde la
premisa mayor es la ley y la menor los hechos que se juzgan.
Es, en fin, el acto procesal mediante el cual el órgano
jurisdiccional facultado pone fin a la relación jurídico-
procesal resolviendo la(s) pretensión(es) planteada(s).
No puedo, como es un documento oficial y público, inventar
una sentencia. Transcribiré un fragmento de una para
ilustrar acerca e las cualidades literarias de sus autores.
RESULTANDO PROBADO: que el día 27 de
julio de 1985, en ocasión de encontrarse los acusados
L.M.L.B. y O.R.N. de 32 y 26 años de edad, respectivamente,
en el domicilio del ciudadano J.R.S. el que es vecino del
barrio cercano al poblado de Guaro, municipio de Mayarí,
siendo ambos acusados amigos el antes mencionado ciudadano,
aproximadamente a las 2 de la madrugada del día 27
de julio de 1985, fecha antes señalada, ambos ciudadanos
sostuvieron una acalorada discusión llegando al extremo
de agredirse mutuamente, agrediendo el acusado L.M. al acusado
O. con un machete que portaba, causándole lesiones
de carácter leve, las que no pusieron en peligro inminente
su vida, ni le dejara secuelas, obteniendo su sanidad en un
periodo e 5 días. Así las cosas en el transcurso
de la discusión el acusado O. le acusó lesiones
al otro acusado L.M. con el machete antes mencionado, consistente
en fractura abierta de la tibia izquierda, que no hubo de
poner en peligro inminente su vida, quedándole secuelas
del(sic) tipo funcional, dificultad para la marcha sin la
ayuda de muletas, estando pendiente de una nueva intervención
quirúrgica, con lo que pudiera atenuarse dicha secuela,
necesitando para su curación de un período de
un año, el mismo que tuvo impedido para dedicarse a
sus ocupaciones habituales, es decir como obrero Agrícola,
que era su ocupación...
Después de narrar los hechos que se consideran
probados, explicar cómo se valoraron las pruebas (generalmente
se dice teniendo en cuenta las reglas de la lógica
y la razón. ¿cuál lógica? ¿qué
razón?), se procede a declarar a anunciar el fin que
definitivamente el tribunal considera que debe más
apropiado para la obra.
Aquí se usa la siguiente expresión:
CONSIDERANDO: que debemos sancionar y sancionamos
al acusado L.M a DOS AÑOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD,
con las accesorias el caso y la responsabilidad civil correspondiente.
A partir de aquí el gremio se desentiende del destino
del actor principal de la obra; aquél pasará,
según el argot carcelario, sus dos “almanaques
a la sombra”.
En esta narración de hechos parece que
hay algo que no queda muy claro: ¿cómo el acusado
O. se apoderó el machete con que lo habían agredido?
¿Cómo quedará L.M. después de
la intervención quirúrgica? Es evidente que
en la narración se omitieron estos detalles. ¿Cómo
solucionarlo? En estos casos el guión original, el
de ley rituaria, establece el procedimiento para solucionar
esta situación. Como el gremio en definitiva tiene
sus autoridades y jerarquías la obra literaria en que
pronuncian sus decisiones puede ser revisada por las autoridades
superiores para determinar si se ha seguido el guión
al pie de la letra. En el caso comentado la autoridad superior
consideró ¡¡gracias a Dios!! que la narración
de los hechos adolece de oscuridad. La sentencia es oscura.
Se ha violado la forma de narrar los hechos. Se ha violado
el guión, que establece que la narración de
los hechos debe ser clara y en forma terminante, especificando
los que se consideran probados y las pruebas en que se funda
tal consideración. La autoridad superior decidió
anular la sentencia por quebrantamiento de forma y devolver
las actuaciones a la sala de instancia para que dicte una
nueva resolución donde se aclaren estos aspectos. En
otros casos la decisión puede consistir en que se vuelva
a repetir la actuación ante el tribunal por no haberse
respetado el pie de la letra el guión original.
Me hundo en la enfática crítica
y el debate profundo...
Después de todo lo dicho muchos de los
que hoy integran este gremio quizá se sientan un poco
incómodos por la manera en que he tratado de describirlos.
Quizás otros que pretendían ingresar al mismo
desistan de su idea y, en fin, los que no están en
ningunas de las dos situaciones podrían enterarse de
algunas cosas escritas en un ¿estilo? ¿desenfadado?.
Pero mi intención no ha sido causar molestias
a nadie; lo que sucede es que no estamos acostumbrados a mirarnos
por dentro. El poder que tenemos y en virtud del cual podemos
disponer de los bienes, la libertad e incluso de la vida de
otras personas exige una auto comprensión desprejuiciada
que ponga en evidencia nuestras virtudes para alabarnos, pero
también nuestros errores y desaciertos para criticarnos
y superarnos. Nuestra labor solo tiene sentido en tanto la
ejercemos de acuerdo con intereses y expectativas socialmente
compartidas; la legitimidad, nuestra actuación, depende
de la manera en que realizamos nuestra función. Mirémonos,
examinémonos, integremos nuestra profesión dentro
del ámbito de la cultura de la que formamos parte.
El Derecho, nuestro instrumento de trabajo, es también
un producto cultural que no puede ser comprendido en su dimensión
total si no lo analizamos en relación con la cultura,
la vida, las costumbres de la sociedad. Salgamos un día
de nuestro encierro dogmático y miremos al Derecho
no como normas escritas en un código que debemos seguir
para imponer sanciones, por muy legítimo que sea su
autor y muy sublimes sus fines, sino como uno de los elementos
de nuestra cultura popular y que puede ser, como los otros
elementos, criticado, mejorado, alabado.... en fin, comprendido
desde una dimensión social.
Quizás ahora podamos comprender una de
las posibles razones de porqué los personajes mencionados
al principio “emigraron” profesionalmente del
gremio de los abogados. Si las cosas hubieran sido de otra
manera, si se hubieran dedicado al ejercicio de la profesión,
no tendríamos hoy el placer de leer los Cantos para
soldados y sones para turistas, reírnos con San Nicolás
del Peladero, leer Paradiso – aunque sea acompañados
de un diccionario; disfrutar, aunque no estemos de acuerdo,
leyendo la Indagación del choteo; perdernos Mi vida
al desnudo, Lo cubano en la poesía; no tuviéramos
un poema Al Niágara, una obra como El Ingenio, Letra
con filo... la cultura cubana carecería de esas luces
que hoy nos sirven de guía y ponen en alto lo cubano
y las sentencias seguirán siendo, como el resto de
los escritos del gremio, -salvo en algunos casos raros e infrecuentes-
aunque nos pese y nos duela, un montón de baja prosa.
(*) Yoel Carrillo Garcíaes profesor de Filosofía
del Derecho. Facultad de Derecho. Universidad de Oriente.
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